JurisprudenciaARG
Corte Suprema

SILLES JORGE AURELIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor y la ANSeS dedujeron recursos ordinarios contra la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social que ordenó un nuevo cálculo del haber previsional. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos, revocó la sentencia apelada conforme a los precedentes Sánchez y Monzo y confirmó lo decidido en materia de intereses según el fallo Spitale.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 2726. XXXVIII. ROR
Reajuste previsional Haber inicial Movilidad jubilatoria Ley 23.928 Ley 24.463 Tasa pasiva de interes Recurso ordinario Precedente sanchez Precedente monzo Precedente spitale

¿Quién es el actor?

Jorge Aurelio Silles.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional, en particular la determinación del haber inicial, la movilidad aplicable en los períodos posteriores a la vigencia de la ley 23.928 y la tasa pasiva de interés.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios deducidos, revocó la sentencia apelada con el alcance que surge de los precedentes "Sánchez" y "Monzo" y confirmó lo decidido en materia de intereses según el fallo "Spitale".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 2°: "Que los agravios del demandante que se relacionan con la determinación del haber inicial y la movilidad que corresponde reconocer en los períodos posteriores a la vigencia de la ley 23.928, suscitan el examen de cuestiones que han sido tratadas por el Tribunal en la causa M.675.XLI. 'Monzo, Felipe José c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallo del 15 de agosto de 2006, en Fallos: 328:1602 y 2833 ('Sánchez'), cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos."

Considerando 3°: "Que los planteos de la demandada relacionados con la tasa pasiva de interés, encuentran adecuada respuesta en el precedente publicado en Fallos: 327:3721 ('Spitale'), al que cabe remitir por razones de brevedad."

Considerando 4°: "Que las restantes cuestiones que pretende introducir el organismo previsional no guardan adecuada relación con aspectos específicos de la sentencia impugnada, lo que impide su tratamiento."

Normas que cita

Fallos que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.