JurisprudenciaARG
Corte Suprema

PARDAVILA MANUEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de la pensionada y de la ANSeS en el reajuste previsional de Manuel Pardavila. Revocó la sentencia apelada en el alcance fijado en el precedente Sánchez y la confirmó en lo demás, en concordancia con Spitale.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 1649. XL. ROR
Reajuste previsional Movilidad Ley 23.928 Ley 18.037 Tasa pasiva de interes Consolidacion ley 25.344 Excepcion ochenta anos Plazo de cumplimiento Recurso ordinario Anses

¿Quién es el actor?

Manuel Pardavila (pensionada, representada en autos).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de la prestación previsional, incluyendo movilidad, tasa de interés aplicable y plazo de cumplimiento de la sentencia.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios, revocó la sentencia apelada con el alcance indicado en "Sánchez" y la confirmó en concordancia con "Spitale".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las objeciones de la actora que se refieren a la incidencia de la ley 23.928 en las prestaciones de la ley 18.037, suscitan el examen de cuestiones que han sido tratadas por el Tribunal en Fallos: 328:1602 y 2833 ("Sánchez"), cuyas consideraciones se dan por reproducidas."

"Los agravios de las partes relacionados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en Fallos: 327:3721 ("Spitale"), al que cabe remitir por razones de brevedad."

"Tales objeciones no pueden prosperar pues de las constancias de la causa -fs. 1 del expte. que corre por cuerda- surge que la actora nació el 26 de abril de 1932, circunstancia que determina que a la fecha no cumple con el requisito de edad necesario para ser incluida en las previsiones de la norma referida."

"Las impugnaciones de la demandada vinculadas con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resultan sustancialmente análogas a las resueltas en Fallos: 325:98 ("Perletto") y la recurrente no se hace cargo de ello, dado que en su memorial de agravios no realiza objeción alguna a lo sostenido en dicho antecedente."

"Las restantes cuestiones que pretende introducir el organismo previsional no guardan adecuada relación con aspectos específicos de la sentencia impugnada, lo que impide su tratamiento."

Normas que cita

Fallos que cita

  • SánchezCSJN · Fallos 328:1602
  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98

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