JurisprudenciaARG
Corte Suprema

ELBICH AMELIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema rechazó el planteo de la actora sobre la tasa de interés y la movilidad jubilatoria, y confirmó la sentencia apelada por remisión a los precedentes Spitale, Badaro, Andino y Cortiñaz. Ordenó a la ANSeS dar cumplimiento a lo resuelto.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
E. 438. XXXIX. ROR
Reajuste jubilatorio Movilidad previsional Tasa de interes Anses Recurso ordinario Precedente spitale Precedente badaro Precedente heit rupp Precedente sanchez Remision a precedentes

Actor (recurrente): Amelia Elbich, titular del beneficio previsional.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber jubilatorio, con cuestionamientos sobre la tasa de interés aplicada y el criterio de movilidad fijado en el precedente "Heit Rupp".

¿Qué se resolvió?

rechazar el planteo de fs. 120/122, declarar procedente el recurso ordinario deducido por la actora, confirmar la sentencia apelada según lo resuelto en "Spitale" y hacer saber a la ANSeS que debe cumplir la parte consentida del fallo impugnado y lo resuelto en la presente, con remisión de actuaciones para su eventual devolución conforme a la causa "Badaro".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 1: "los planteos de la actora vinculados con la tasa de interés aplicada encuentran adecuada respuesta en Fallos: 327:3721 ('Spitale'), al que cabe remitir por razón de brevedad."

Considerando 2: "los agravios dirigidos a impugnar el criterio de movilidad fijado en el precedente 'Heit Rupp', llevan a la consideración de temas sustancialmente análogos a los examinados en la causa B.675.XLI 'Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada el 8 de agosto pasado, cuyos fundamentos se dan por reproducidos."

Considerando 3: "el planteo formulado por la titular (fs. 120/122) con posterioridad al vencimiento de los plazos y tendiente a que se aplique el precedente de Fallos: 328:1602 y 2833 ('Sánchez'), remite al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por esta Corte en las causas A.1333.XXXVIII 'Andino, Basilio Modesto c/ ANSeS s/ reajustes varios' y C.617.XLI 'Cortiñaz, Susana Emilia c/ ANSeS s/ reajustes varios', falladas el 9 de agosto de 2005, cuyos fundamentos se dan por reproducidos."

No hay votos en disidencia: el fallo se dicta por unanimidad de los siete ministros.

Fallos que cita

  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
  • Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 08/08/2006
  • Heit RuppCSJN
  • SánchezCSJN · Fallos 328:1602
  • Andino, Basilio Modesto c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 09/08/2005
  • Cortiñaz, Susana Emilia c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 09/08/2005

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