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Corte Suprema

DONADIO DOMINGO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó el reajuste de su haber previsional contra la ANSeS, cuestionando la tasa de interés aplicada y el método de movilidad. La Corte Suprema revocó la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 22 y 23 de la ley 24.463 por falta de perjuicio concreto, y confirmó el resto de la sentencia remitiendo a los precedentes Spitale, Badaro y Sánchez.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
D. 526. XXXIX. ROR
Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Tasa de interes Ley 24.463 Articulos 22 y 23 Perjuicio concreto Declaracion de inconstitucionalidad en abstracto Anses Spitale Badaro

¿Quién es el actor?

Domingo Donadío.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haber previsional (reajustes varios), con cuestionamientos sobre la tasa de interés aplicada y el método de movilidad posterior al 31 de marzo de 1995.

¿Qué se resolvió?

se rechazó el planteo de fs. 141/141 vta. (fundado en el precedente "Sánchez"); se declararon procedentes los recursos ordinarios deducidos; se revocó la sentencia apelada en cuanto declaraba la inconstitucionalidad de los arts. 22 y 23 de la ley 24.463; se confirmó la sentencia en lo demás, atento a lo resuelto en "Spitale"; y se hizo saber a la ANSeS que debe dar cumplimiento a la parte consentida del fallo impugnado y a lo resuelto en la presente, remitiéndose las actuaciones y debiendo devolverse oportunamente a los fines indicados en "Badaro" si la parte actora lo requiere.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 1°: "Los planteos de las partes dirigidos a impugnar la tasa de interés aplicada encuentran adecuada respuesta en Fallos: 327:3721 ("Spitale"), al que cabe remitir por razón de brevedad."

Considerando 2°: "Respecto de los agravios de la ANSeS vinculados con los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, no surge de la presente causa el perjuicio concreto que su aplicación podría haberle ocasionado al actor, por lo que la declaración de inconstitucionalidad de dichas normas ha sido efectuada en abstracto y debe ser revocada."

Considerando 3°: "Los restantes planteos del organismo previsional no se refieren a aspectos específicos de la sentencia cuestionada por lo que carecen del requisito de fundamentación."

Considerando 4°: los agravios del actor sobre el método de movilidad posterior al 31 de marzo de 1995 "llevan a la consideración de temas sustancialmente análogos a los examinados en la causa B.675.XLI 'Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada el 8 de agosto pasado, cuyos fundamentos se dan por reproducidos."

Considerando 5°: el planteo tendiente a que se aplique el precedente de Fallos: 328:1602 y 2833 ("Sánchez") "remite al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por esta Corte en las causas A.1333.XXXVIII 'Andino' y C.617.XLI 'Cortiñaz', falladas el 9 de agosto de 2005, cuyos fundamentos se dan por reproducidos."

Normas que cita

Fallos que cita

  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
  • Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN
  • SánchezCSJN · Fallos 328:1602
  • Andino, Basilio Modesto c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 09/08/2005
  • Cortiñaz, Susana Emilia c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 09/08/2005

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