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Corte Suprema

MANUBENS CALBVET MANUEL ANTONIO s/CAUSA N° 6720

La Corte Suprema declaró operada la perención de la instancia en el recurso de queja interpuesto por la defensa de Manuel Antonio Manubens Calvet, por no haber cumplido el recurrente con lo solicitado en reiterados requerimientos. Se intimó al recurrente a efectuar el depósito previsto en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación bajo apercibimiento de ejecución.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 1189. XLII. RHE
Recurso de hecho Recurso de queja Perencion de la instancia Caducidad de instancia Art. 310 cpccn Deposito art. 286 cpccn Corte suprema Camara nacional de casacion penal Intimacion Apercibimiento de ejecucion

Actor (recurrente): Defensa de Manuel Antonio Manubens Calvet, representada por el Dr. Bernardo Javier Cima.

¿A quién se demanda?

Cámara Nacional de Casación Penal, Sala IC (tribunal de origen).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de hecho contra la decisión de la Cámara Nacional de Casación Penal.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró operada la perención de la instancia, por haber transcurrido el plazo previsto en el art. 310, inc. 2°, del CPCCN (aplicable por lo resuelto en Fallos 317:1642, 321:1689 y las causas que allí se citan), sin que el recurrente cumpliera íntegramente con lo solicitado a fs. 52, reiterado a fs. 60. Intimó al recurrente a efectuar, dentro del quinto día, el depósito del art. 286 del CPCCN en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de la Corte, bajo apercibimiento de ejecución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La resolución es breve y se apoya en la aplicación del régimen de caducidad de instancia del art. 310, inc. 2°, del CPCCN, con remisión a precedentes de la Corte (Fallos 317:1642 y 321:1689; causas P.572.XXXIII "Pérez Figueroa" y D.479.XXXV "Daponte"). El texto transcripto dice: "sin que el recurrente haya cumplido íntegramente con lo solicitado en el segundo párrafo de fs. 52, reiterado a fs. 60, declárase operada en la presente queja la perención de la instancia."

Normas que cita

  • CPCCNarts. 286, 310 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Pérez Figueroa, Eduardo y Weisgerber, Roberto s/ presunta infracción art. 174, inc. 5° C.P.CSJN · 02/04/1998 · Fallos 317:1642
  • Daponte, Jorge Luis s/ falsedad ideológica - incidente de nulidad de ampliación indagatoria y notificaciónCSJN · 27/02/2001 · Fallos 321:1689
  • Fallos 317:1642CSJN
  • Fallos 321:1689CSJN

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