MARINI MARIA ELEONORA Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL (MINISTERIO DE JUSTICIA) s/EMPLEO PUBLICO
Los actores, empleados del Ministerio de Justicia, reclamaron diferencias salariales en un litigio por empleo público. La Corte Suprema declaró admisibles los recursos extraordinarios del Estado Nacional, confirmó las sentencias apeladas remitiendo a los fundamentos del precedente Arrabal de Canals y desestimó los recursos de la parte actora por inadmisibles.
¿Quién es el actor?
María Eleonora Marini y otros; Gladys Nancy Romero y Susana Wilma López; Eloisa María Teresa Tombeur de Morales y otros.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Ministerio de Justicia).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo vinculado al empleo público (diferencias de haberes/situación de revista de los agentes).
¿Qué se resolvió?
se confirmaron las sentencias apeladas con el alcance indicado, se declararon formalmente admisibles los recursos extraordinarios del demandado, se desestimaron los recursos extraordinarios de la actora y se impusieron costas a la actora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las cuestiones debatidas guardan sustancial analogía con las resueltas por esta Corte en la sentencia dictada el 4 de julio de 2006, en la causa A.311.XXXIV. 'Arrabal de Canals, Olga y otros c/ Estado Nacional - Ministerio de Justicia s/ empleo público', a cuyos fundamentos cabe remitirse por razones de brevedad, sin perjuicio de que, en la etapa pertinente, se corrobore la situación de revista de cada uno de los actores en los términos establecidos en el considerando 9° del precedente citado."
"Que los argumentos extraordinarios interpuestos por la parte actora son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
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Normas que cita
- CPCCNarts. 280, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Arrabal de Canals, Olga y otros c/ Estado Nacional - Ministerio de Justicia s/ empleo públicoCSJN · 04/07/2006
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