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Corte Suprema

BELLO DE GARCIA MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó el reajuste de su haber previsional en los períodos posteriores a la vigencia de la ley 23.928, y cuestionó la constitucionalidad de diversas normas de la ley 24.463. La Corte Suprema revocó la sentencia apelada con el alcance fijado en Sánchez, la confirmó en lo relativo a la tasa de interés según Spitale y desestimó el pedido de inconstitucionalidad por genérico.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 3596. XXXVIII. ROR
Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Ley 23.928 Ley 24.463 Tasa de interes Inconstitucionalidad generica Recurso ordinario ante la corte Anses Haber previsional Precedente badaro.

¿Quién es el actor?

María Bello de García.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste del haber previsional de la actora, en particular la movilidad aplicable a los períodos posteriores a la vigencia de la ley 23.928, la tasa de interés y la inconstitucionalidad de los arts. 1, 2, 5, 9, 11, 16, 17, 22 y 23 de la ley 24.463.

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes los recursos ordinarios deducidos por las partes; se revocó la sentencia apelada con el alcance que surge de "Sánchez"; se la confirmó según lo resuelto en "Spitale"; y se intimó a la ANSeS a dar cumplimiento a la parte consentida del fallo impugnado y a lo resuelto en la presente, con remisión de las actuaciones y eventual devolución a la Corte en los términos de "Badaro" si la actora lo requiriese.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 2°: "los planteos de la demandante que se refieren a la movilidad que corresponde reconocer en los períodos posteriores a la vigencia de la ley 23.928, son similares a los que han sido examinados por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 328:1602 y 2833 ('Sánchez') y en la causa B.675.XLI. 'Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada el 8 de agosto pasado, cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos."

Considerando 3°: "el pedido de inconstitucionalidad de los arts. 1, 2, 5, 9, 11, 16, 17, 22 y 23 de la ley 24.463 formulado por la titular, debe ser desestimado ya que resulta genérico y no ha demostrado el perjuicio concreto y actual que las normas impugnadas podrían haberle ocasionado."

Considerando 4°: "Las objeciones relacionadas con la tasa de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente publicado en Fallos: 327:3721 ('Spitale'), cuyos fundamentos se dan por reproducidos."

Considerando 5°: "los agravios de la demandada que se refieren a los arts. 16, 17, 22 y 23 de la ley 24.463, deben ser desestimados por no guardar adecuada relación con lo resuelto, solución que también resulta aplicable a las restantes argumentaciones del organismo previsional que, por no referirse a aspectos específicos de la sentencia apelada, carecen del requisito de fundamentación."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 1, 2, 5, 9, 11, 16, 17, 22, 23, 19 · Solidaridad previsional
  • Ley 23.928Convertibilidad del austral

Fallos que cita

  • SánchezCSJN · Fallos 328:1602
  • Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 08/08/2006
  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721

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