LOPEZ JUAN IGNACIO c/ ANSES s/JUBILACION Y RETIRO POR INVALIDEZ
El actor, Juan Ignacio López, reclamó el beneficio de retiro por invalidez frente a la ANSeS. La Corte Suprema confirmó la sentencia que le reconoció el beneficio, al considerar que los dictámenes médicos eran suficientes y que la pauta del 66% de minusvalía no debe aplicarse de forma rigurosa en materia previsional.
¿Quién es el actor?
Juan Ignacio López.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
jubilación y retiro por invalidez.
¿Qué se resolvió?
la Corte confirmó la sentencia de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social, que restituyó el beneficio por invalidez al actor, aunque con carácter provisorio por no haber percibido el beneficio durante al menos 10 años. Por mayoría, la Corte rechazó el recurso ordinario interpuesto por la ANSeS.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La decisión del a quo se aviene con la reiterada doctrina de la Corte que postula una interpretación amplia de las leyes de la seguridad social y considera que la exigencia del 66% de minusvalía física no debe ser tomada de una manera rigurosa y con prescindencia de los fines tutelares de la legislación previsional, sino que configura una pauta de referencia para evaluar la aptitud laboral y la posibilidad de continuar en la actividad rentada en la misma tarea o en otras compatibles con sus aptitudes personales (Fallos: 317:70 y 323:2235, entre muchos otros)."
"[L]os médicos forenses han dado motivaciones suficientes que justifican el otorgamiento del beneficio, aseveración que no resulta desvirtuada por los planteos de la apelante que no se ha hecho debido cargo de todos los fundamentos dados por la cámara, máxime cuando el proceso de deterioro de la salud del actor se presenta con serias dificultades que llevan a pensar en la existencia de un margen de duda que no puede sino ser dirimido en favor del solicitante."
"[T]odas las consideraciones efectuadas por la recurrente no resultan suficientes para descalificar el fallo por cuanto no se advierte que la cámara se haya apartado de las reglas de la sana crítica, ni que sus conclusiones resulten irrazonables frente a las exigencias legales para el reconocimiento del beneficio por invalidez, máxime cuando se advierte que a la hora de fijar el porcentaje de incapacidad ha hecho mérito de diferentes factores sumados a los complementarios que atienden a circunstancias particulares del caso, más allá del aspecto estrictamente físico o biológico."
¿Cómo votaron los jueces?
coincide con los considerandos 1° a 4° de la mayoría y, en sus considerandos 5° y 6°, sostiene que los dictámenes médicos justifican el beneficio y que el recurso no logra descalificar el fallo. Adhiere así al resultado, con fundamentos propios.
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Normas que cita
- Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- Fallos 317:70CSJN
- Fallos 323:2235CSJN
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