JurisprudenciaARG
Corte Suprema

ZENI MARTA c/ INPS-CAJA NAC DE PREV DE LA INDUSTRIA,COM Y A CT CIVILES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

Zeni y otros promovieron reclamos contra la Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles por reajustes de sus haberes previsionales. La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS, revocó las sentencias apeladas y admitió la movilidad solamente desde el 11 de abril de 1991 hasta la entrada en vigencia de la ley 24.241, siguiendo los precedentes Chocobar y De Barrio.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Z. 109. XXVII. RHE
Movilidad previsional Haberes previsionales Ley 24.241 Recurso extraordinario Anses Tasa de intereses Topes maximos de barrio chocobar Reajuste previsional

¿Quién es el actor?

Marta Zeni y otros coactores (Giannini de Di Leo, Carrega, Jeandet, Russo Farruggella), con los que se acumularon las causas.

¿A quién se demanda?

INPS-Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles (y, en uno de los casos, Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de haberes previsionales por movilidad, cuestiones de tasa de intereses y aplicación del sistema de topes máximos.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS y revocó las sentencias en cuanto fueran materia de agravios. Admitió la movilidad sólo por el período comprendido entre el 11 de abril de 1991 y la entrada en vigencia de la ley 24.241, conforme a los criterios de "Chocobar" y "De Barrio". Los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert se remitieron a sus disidencias.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Las cuestiones son sustancialmente análogas a las examinadas en "De Barrio, Elvira Carmen c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos", y "cabe remitirse por razón de brevedad" a sus consideraciones.

Sobre la tasa de intereses, los agravios "suscitan el tratamiento de temas similares a los resueltos por la Corte en las causas 'Banco Sudameris' (Fallos: 317:507) y G.602.XXVIII. 'Gil, Arnaldo Vicente'", de las que resulta "el criterio concurrente, adverso a la procedencia del recurso, de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Belluscio, Petracchi, López, Bossert y Vázquez".

Respecto del sistema de topes máximos, "cabe remitirse a lo resuelto por el Tribunal, mayoría y votos concurrentes, en las causas 'Del Azar Suaya' (Fallos: 320:2039) y B.386.XXVII. 'Beitía, Paulina Araceli'".

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • De Barrio, Elvira Carmen c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios PúblicosCSJN · 13/08/1998
  • ChocobarCSJN · Fallos 319:3241
  • Banco SudamerisCSJN · Fallos 317:507
  • Gil, Arnaldo Vicente c/ INPS-Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios PúblicosCSJN · 12/03/1996
  • López, Antonio ManuelCSJN
  • Acopionor SACSJN · Fallos 317:585
  • Beitía, Paulina Araceli c/ Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles s/ reajustes por movilidadCSJN · 31/10/1997

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.