JurisprudenciaARG
Corte Suprema

KOSOY IRENE RUTH ENRIQUETA c/ MILANO HUGO JORGE Y OTRO s/EJECUCION HIPOTECARIA

La Procuración General dictaminó sobre un recurso extraordinario en un juicio de ejecución hipotecaria promovido por Irene Ruth Enriqueta Kosoy contra Hugo Jorge Milano. El dictamen propone declarar procedente el recurso, revocar la sentencia apelada y ordenar la sustanciación del procedimiento especial previsto en la ley 26.167.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
K. 227. XLII. REX
Ejecucion hipotecaria Ley 26.167 Recurso extraordinario Dictamen Procuracion general Circunstancias sobrevinientes Procedimiento especial Revocacion Ley posterior Precedente rinaldi

¿Quién es el actor?

Irene Ruth Enriqueta Kosoy

¿A quién se demanda?

Hugo Jorge Milano y otro

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución hipotecaria

¿Qué se resolvió?

Dictamen de la Procuración General que propone a la Corte Suprema declarar procedente el recurso extraordinario, revocar la sentencia apelada y devolver las actuaciones al juzgado de origen para que se sustancie el procedimiento de la ley 26.167.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Toda vez que cuestiones sustancialmente análogas a las que son materia de recurso en los presentes actuados, han sido examinadas en la causa: S.C. R. N° 320, L. XLII, caratulada 'Rinaldi, Francisco Augusto y otros c/ Guzmán Toledo, Ronal Constante y otro s/ Ejecución hipotecaria', dictaminada por esta Procuración General el día 8 de febrero de 2007, corresponde remitir, en lo pertinente, a los términos y consideraciones allí vertidos, por razones de brevedad."

"Motiva, sin embargo, esta última remisión, la jurisprudencia de ese Alto Tribunal en orden a que sus sentencias deben atender a las circunstancias existentes al momento de la decisión, aunque sean sobrevinientes al recurso extraordinario, y a que, si en el transcurso del proceso han sido dictadas nuevas normas sobre la materia objeto del litigio, la decisión de la Corte deberá atender también a las modificaciones introducidas por esos dispositivos en tanto configuran circunstancias sobrevinientes de las que no es posible prescindir (cfse. Fallos: 325: 28, 1345, 1440, 2177, 2275; entre otros)."

"Ello sin perjuicio de que V.E., de estimarlo pertinente, confiera vista a las partes, a fin de que expresen lo que consideren conducente sobre la nueva ley."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Rinaldi, Francisco Augusto y otros c/ Guzmán Toledo, Ronal Constante y otro s/ Ejecución hipotecariaCSJN · 08/02/2007
  • Fallos 325:28CSJN

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