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Corte Suprema

LUNA JUAN OSCAR c/ DEL TORTO CARLOS ALBERTO Y OTRO s/EJECUCION HIPOTECARIA

El Procurador General dictaminó sobre un recurso extraordinario en una ejecución hipotecaria en la que se plantea la aplicación de la ley 26.167. Propuso a la Corte Suprema declarar procedente el recurso, revocar la sentencia apelada y devolver las actuaciones al juzgado de origen para que sustancie el procedimiento de la ley 26.167.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 619. XLII. REX
Ejecucion hipotecaria Recurso extraordinario Ley 26.167 Dictamen de la procuracion general Hechos sobrevinientes Nueva ley Procedimiento especial Fallos 325 Rinaldi c/ guzman toledo.

¿Quién es el actor?

Juan C. Luna.

¿A quién se demanda?

Carlos S. Del Torto.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución hipotecaria.

¿Qué se resolvió?

el dictamen es un parecer no vinculante. Propone declarar procedente el recurso extraordinario, revocar la sentencia apelada y volver las actuaciones al Juzgado de origen para que ordene la sustanciación del procedimiento especial establecido en la ley 26.167.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Toda vez que cuestiones sustancialmente análogas a las que son materia de recurso en los presentes actuados, han sido examinadas en la causa: S.C. R. N° 320, L. XLII, caratulada 'Rinaldi, Francisco Augusto y otros c/ Guzmán Toledo, Ronal Constante y otro s/ Ejecución hipotecaria', dictaminada por esta Procuración General el día 8 de febrero de 2007, corresponde remitir, en lo pertinente, a los términos y consideraciones allí vertidos, por razones de brevedad."

"En el dictamen precedentemente referido me pronuncié, asimismo, acerca de la constitucionalidad de la ley 26.167, a cuyos argumentos también remito 'brevitatis causae' y por razones de economía procesal, no obstante que esta cuestión no viene debatida en autos por tratarse de una ley posterior a la interposición del recurso."

"...la jurisprudencia de ese Alto Tribunal en orden a que sus sentencias deben atender a las circunstancias existentes al momento de la decisión, aunque sean sobrevinientes al recurso extraordinario, y a que, si en el transcurso del proceso han sido dictadas nuevas normas sobre la materia objeto del litigio, la decisión de la Corte deberá atender también a las modificaciones introducidas por esos dispositivos en tanto configuran circunstancias sobrevinientes de las que no es posible prescindir (cfse. Fallos: 325: 28, 1345, 1440, 2177, 2275; entre otros)."

"Ello sin perjuicio de que V.E., de estimarlo pertinente, confiera vista a las partes, a fin de que expresen lo que consideren conducente sobre la nueva ley."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Rinaldi, Francisco Augusto y otros c/ Guzmán Toledo, Ronal Constante y otro s/ Ejecución hipotecariaCSJN · 08/02/2007
  • Fallos 325:28CSJN

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