LESCANO MARIO DANIEL s/HOMICIDIO
El recurso extraordinario interpuesto por Mario Daniel Lescano en una causa por homicidio fue declarado procedente por la mayoría de la Corte. El Tribunal dejó sin efecto la sentencia de la Suprema Corte bonaerense y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento, con la sola disidencia de la Ministra Argibay, quien consideró el recurso inadmisible.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público / Estado provincial (acusación en causa penal)
¿A quién se demanda?
Mario Daniel Lescano
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Proceso penal por homicidio
¿Qué se resolvió?
Se declara procedente el recurso extraordinario, se deja sin efecto la sentencia apelada y se remite al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La mayoría resolvió "concordemente con lo dictaminado por señor Procurador Fiscal", adhiriendo a sus argumentos "a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad". Los considerandos no desarrollan fundamentos propios.
¿Cómo votaron los jueces?
La Ministra Carmen M. Argibay, en disidencia, consideró que "el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)" y lo declaró "mal concedido".
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.