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Corte Suprema

VERA VIVAR MARIA ANADELIA Y OTRO s/AMPARO

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios y dejó sin efecto las sentencias que habían rechazado las demandas de amparo promovidas por ahorristas contra el Estado por la pesificación de depósitos en dólares. Reconoció el derecho de los actores a recuperar sus depósitos a razón de $1,40 por dólar, ajustados por CER más intereses del 4% anual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
V. 283. XLI. REX
Pesificacion Depositos en dolares Corralito Amparo Ley 25.561 Decreto 214/02 Decreto 1570/01 Cer Derecho de propiedad Recurso extraordinario

¿Quién es el actor?

María Anadelia Vera Vivar y otro, junto con los numerosos actores acumulados en las causas listadas en los Vistos (ahorristas titulares de depósitos en dólares).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Poder Ejecutivo Nacional) y las entidades bancarias respectivas.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo contra la conversión a pesos de depósitos en dólares dispuesta por la Ley 25.561 y sus decretos reglamentarios 1570/01 y 214/02, reclamando la restitución de los fondos en moneda extranjera.

¿Qué se resolvió?

Se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se dejaron sin efecto las sentencias apeladas. Se declaró el derecho de los actores a obtener el reintegro de su depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses al 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta las sumas ya abonadas. Las costas de esta instancia se distribuyeron en el orden causado, y las de las instancias anteriores se mantuvieron como las fijó el tribunal a quo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte remite, por brevedad, a los fundamentos y conclusiones de la causa M.2771.XLI "Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional dto. 1570/01 y otro s/ amparo ley 16.986" (sentencia del 27 de diciembre de 2006), por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas. Asimismo, señala la excepcional situación suscitada en esta clase de causas y que el texto del precedente se encuentra publicado en la web del Tribunal, por lo que dispuso devolver las actuaciones sin más trámite a los juzgados de primera instancia para la notificación de la sentencia.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional dto. 1570/01 y otro s/ amparo ley 16.986CSJN · 27/12/2006

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