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Corte Suprema

ZUNINO MARIA ANTONIA Y OTROS c/ NUÑEZ Y CAVANNA S.A. s/INCIDENTE ART. 250

Los actores demandaron por daños y perjuicios a Núñez y Cavanna S.A., y la demandada interpuso recurso de hecho contra la denegación del recurso extraordinario. La Corte Suprema, por mayoría, declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, dejó sin efecto la resolución apelada y ordenó dictar un nuevo fallo con arreglo a lo expresado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Z. 270. XLI. RHE
Recurso de hecho Recurso extraordinario Admisibilidad Danos y perjuicios Remision a dictamen Costas Nuevo fallo Queja Nunez y cavanna s.a.

¿Quién es el actor?

María Antonia Zunino y otros.

¿A quién se demanda?

Núñez y Cavanna S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

No surge del fallo, que se limita a la queja. Según la carátula, se trata de una demanda civil (daños y perjuicios).

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, se dejó sin efecto la sentencia apelada, con costas, y se devolvieron los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo. Los votos de Highton de Nolasco, Petracchi y Argibay, en disidencia, habían propuesto desestimar la queja por inadmisibilidad del recurso extraordinario (art. 280 CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la apelante han sido objeto de adecuado tratamiento en el dictamen de la señora Procuradora Fiscal subrogante, a cuyos fundamentos esta Corte se remite por razón de brevedad." La mayoría remite al dictamen de la Procuradora y no desarrolla fundamentos propios. Disidencia (Highton de Nolasco, Petracchi y Argibay): "Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." Esta disidencia no integra la decisión del tribunal.

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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