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Corte Suprema

GOMES NORBERTO LUIS c/ INPS-CAJA NAC DE PREV PARA EL PERS DEL EST Y SERV PUBL. s/

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS y revocó las sentencias apeladas en reclamos de reajuste por movilidad de haberes previsionales. Dispuso que la movilidad entre el 1° de abril de 1991 y la entrada en vigencia de la ley 24.241 se aplique según lo fijado en el precedente Chocobar, con remisión a las disidencias de los jueces Fayt, Petracchi y Bossert.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 671. XXIX. RHE
Movilidad de haberes Reajuste previsional Recurso extraordinario Anses Precedente chocobar Ley 24.241 Topes maximos Caja nacional de prevision Haberes previsionales Revocacion de sentencias

¿Quién es el actor?

Norberto Luis Gomes y otros reclamantes acumulados (Cárdenas Mercado, Hernández, Romero, Loiacono, Poissot, Fortuna y Neubaum).

¿A quién se demanda?

INPS-Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos, y Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles (ANSeS en los recursos extraordinarios).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes por movilidad de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, con el alcance de las consideraciones, se declararon procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS, se revocaron las sentencias apeladas y se ordenó que la movilidad desde el 1° de abril de 1991 hasta la vigencia de la ley 24.241 se aplique según el alcance fijado en "Chocobar". Los jueces Fayt, Petracchi y Bossert, en disidencia, se remitieron a sus votos en esa causa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el fallo transcribe el criterio remisivo del tribunal: "Que las cuestiones planteadas en las causas referidas respecto del fondo del asunto resultan sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en la causa 'Chocobar' (Fallos: 319:3241)..., a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitirse por razón de brevedad." Respecto del sistema de topes máximos, "cabe remitirse a lo resuelto por el Tribunal, mayoría y votos concurrentes, en las causas 'Del Azar Suaya' (Fallos: 320:2039) y 'Beitía'..." Los votos de la minoría (Fayt, Petracchi y Bossert) no constituyen la decisión del tribunal.

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • ChocobarCSJN · Fallos 319:3241
  • Del Azar SuayaCSJN · Fallos 320:2039
  • Beitía, Paulina Araceli c/ Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades CivilesCSJN · 31/10/1997
  • Bertone, Rogelio Héctor c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios PúblicosCSJN · 15/07/1997

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