GOUDELIAS CARLOS FABIAN Y OTRO c/ RUSCONI CARLOS MARIA Y OTRO Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Corte Suprema hizo lugar a la queja por recurso extraordinario deducido por el Banco de la Nación Argentina en una causa por cuestiones sustancialmente análogas a las del precedente Emm S.R.L. c/ Tía S.A.. Por mayoría, declaró formalmente procedente el recurso extraordinario y confirmó la sentencia remitiendo a los fundamentos de ese precedente.
¿Quién es el actor?
Carlos Fabián Goudelias y otro.
¿A quién se demanda?
Carlos María Rusconi y otro; el recurrente es el Banco de la Nación Argentina.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
no surge del texto de la sentencia (la resolución se remite a un precedente sin detallar el reclamo).
¿Qué se resolvió?
por mayoría, se hizo lugar a la queja, se declaró formalmente procedente el recurso extraordinario y se confirmó la sentencia en los términos del precedente "Emm S.R.L. c/ Tía S.A. s/ ordinario s/ incidente de medidas cautelares" (E.68.XL). Costas por su orden en virtud de las particularidades de la relación jurídica (art. 68, segunda parte, CPCCN). Agregar la queja al principal y reintegrar el depósito de fs. 42.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas, en la fecha, en la causa E.68.XL 'Emm S.R.L. c/ Tía S.A. s/ ordinario s/ incidente de medidas cautelares', a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad." Aclaración: la jueza Highton de Nolasco se remite a su disidencia en el mencionado precedente, por lo que su postura no integra la mayoría.
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Normas que cita
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Emm S.R.L. c/ Tía S.A. s/ ordinario s/ incidente de medidas cautelaresCSJN
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