PENZO JORGE c/ O.S.N. ADMINISTRACION GENERAL DE OBRAS SANITARIAS DE LA NACION s/INDEMNIZACION ART. 212
La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por Jorge Penzo y dejó sin efecto la sentencia recurrida en cuanto había sido materia de agravios. Ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto.
¿Quién es el actor?
Jorge Penzo.
¿A quién se demanda?
O.S.N. Administración General de Obras Sanitarias de la Nación.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización prevista en el art. 212 (según surge de la carátula del expediente; el texto no detalla el reclamo).
¿Qué se resolvió?
se declaró procedente el recurso extraordinario, se dejó sin efecto la sentencia recurrida en lo que fue materia de agravios y se remitieron los autos al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento. Se impusieron costas (art. 68 CPCCN).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios del recurrente han sido tratados en el dictamen del señor Procurador Fiscal, a cuyos fundamentos corresponde remitirse por razones de brevedad."
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Leyes que cita
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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