JurisprudenciaARG
Corte Suprema

ESPOSITO MAURO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió reajuste de su haber jubilatorio por invalidez, reclamando la aplicación de pautas de movilidad y la consideración de servicios en relación de dependencia. La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario de la demandada, confirmó la tasa de interés ordenada y revocó la sentencia apelada conforme al precedente Sánchez, modificando el plazo de cumplimiento al art. 2 de la ley 26.153.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
E. 497. XXXIX. ROR
Movilidad jubilatoria Haber por invalidez Ley 23.928 Convertibilidad Ley 26.153 Plazo de cumplimiento Tasa de interes Prescripcion liberatoria Recurso ordinario Anses

¿Quién es el actor?

Mauro Espósito.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber jubilatorio por invalidez.

¿Qué se resolvió?

la Corte confirmó la tasa de interés, revocó la sentencia apelada con el alcance del precedente "Sánchez" y modificó el plazo de cumplimiento conforme al art. 2 de la ley 26.153.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"los agravios del actor que se refieren a la falta de consideración en las pautas de cálculo de los servicios prestados en relación de dependencia deben ser desestimados por falta de fundamento, ya que no guardan relación con las constancias de la causa, a la que sólo se ha acompañado el expediente administrativo por el cual el titular obtuvo una jubilación por invalidez otorgada por la ex Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos sobre la base de los aportes a ella realizados".

"cabe admitir sus agravios vinculados con la falta de incidencia de la ley 23.928 sobre la movilidad establecida por las leyes jubilatorias, ya que guarda sustancial analogía con lo examinado por el Tribunal en el precedente de Fallos: 328:162 y 2833 ('Sánchez, María del Carmen')".

"ha devenido abstracto el tratamiento de los planteos de la demandada que se refieren a los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, pues las previsiones de esas normas han sido modificadas por la ley 26.153. En virtud de la entrada en vigencia de esta última ley, el cumplimiento de esta sentencia deberá efectuarse en el plazo allí previsto (art. 2)".

Normas que cita

Fallos que cita

  • Sánchez, María del CarmenCSJN · Fallos 328:162
  • Iglesias, Julio c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 15/08/2006
  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721

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