JurisprudenciaARG
Corte Suprema

MARTINEZ RUBIO JUAN c/ INPS-CAJA NACIONAL DE PREVISION PARA TRABAJAD ORES AUTON s/

La Corte Suprema, por mayoría, hizo lugar al recurso extraordinario de la ANSeS y revocó la sentencia que había reconocido la movilidad de un haber previsional. Fijó el alcance de la movilidad para el período comprendido entre el 1° de abril de 1991 y la entrada en vigencia de la ley 24.241, conforme al precedente Chocobar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 347. XXXI. RHE
Movilidad jubilatoria Haber previsional Recurso extraordinario Topes maximos Ley 24.241 Ley 18.037 Precedente chocobar Remision a precedentes Reajuste previsional Corte suprema

¿Quién es el actor?

Juan Martínez Rubio.

¿A quién se demanda?

INPS - Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos (la parte recurrente en el recurso extraordinario es la ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste por movilidad de un beneficio previsional.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declaró procedente el recurso extraordinario y se revocó la sentencia en cuanto fuera materia de agravios. La movilidad del período 1° de abril de 1991 hasta la vigencia de la ley 24.241 debe aplicarse según lo fijado en "Chocobar". Los jueces Fayt, Belluscio y Bossert votaron en disidencia, remitiéndose a sus disidencias en "Aguiar López".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en la presente causa resultan sustancialmente análogas a la examinada por el Tribunal en la causa 'Aguiar López, Eduardo' (Fallos: 320:2786; votos concurrentes de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Boggiano, López y Vázquez), a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitirse por razón de brevedad."

"Que respecto del sistema de topes máximos, cabe remitirse a lo resuelto por el Tribunal, mayoría y votos concurrentes, en las causas 'Del Azar Suaya' (Fallos: 320:2039) y B.386.XXVII. 'Beitía, Paulina Araceli c/ Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 31 de octubre de 1997."

La decisión se apoya en remisión a precedentes, sin desarrollo argumental propio en esta sentencia.

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • Chocobar, Sixto CelestinoCSJN · Fallos 319:3241
  • Aguiar López, EduardoCSJN · Fallos 320:2786
  • Del Azar SuayaCSJN · Fallos 320:2039
  • Beitía, Paulina Araceli c/ Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles s/ reajustes por movilidadCSJN · 31/10/1997

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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