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Corte Suprema

VACCARO MIGUEL ANGEL c/ P.E.N. LEY 25561 DTO 1570/01 Y 214702 s/AMPARO LEY 16986

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios en causas de amparo por la pesificación de depósitos bancarios en dólares y dejó sin efecto las sentencias apeladas. Reconoció a los actores el derecho a obtener el reintegro de sus depósitos a $1,40 por dólar, ajustado por CER más intereses del 4% anual, con exclusiones por canje o aplicación a fines específicos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
V. 563. XLI. REX
Pesificacion Depositos bancarios en dolares Emergencia economica Ley 25.561 Decreto 1570/01 Cer Reintegro de depositos Amparo Recurso extraordinario Costas en el orden causado.

¿Quién es el actor?

Miguel Ángel Vaccaro y otros (más de un centenar de amparistas acumulados).

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (decretos 1570/01 y 214/02, Ley 25.561) y entidades bancarias depositarias.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

restitución de depósitos bancarios en dólares convertidos a pesos por la normativa de emergencia.

¿Qué se resolvió?

se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se dejan sin efecto las sentencias apeladas; se reconoce a los actores el derecho al reintegro del depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses al 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta lo abonado en el pleito y en cautelares; se excluyen los supuestos de canje por bonos o aplicación a fines específicos. Costas de esta instancia en el orden causado; las de instancias anteriores se mantienen. Devolución a primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte remite en razón de brevedad a los fundamentos y conclusiones de la causa M.2771.XLI "Massa", sentencia del 27 de diciembre de 2006, y al voto del juez Fayt en la causa P.914.XLII "Apiriz", del 6 de marzo de 2007. Expresamente se declara que "las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas" en esos precedentes. No se transcriben en esta sentencia otros considerandos sustantivos.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Massa, Juan Agustín c/ PEN dto. 1570/01 s/ amparo ley 16.986CSJN · 27/12/2006

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