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Corte Suprema

SABBATINI HECTOR DAMIAN Y OTROS c/ PEN-LEY 25561-DTO.1570/01-214/02 s/AMPARO SOBRE LEY 25561

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios de los ahorristas y dejó sin efecto las sentencias apeladas en las causas por la conversión a pesos de depósitos bancarios en dólares dispuesta por la Ley 25.561. Reconoció el derecho de los actores a obtener el reintegro de sus depósitos a razón de $1,40 por dólar, ajustado por CER más intereses del 4% anual, con exclusiones para los casos en que los fondos se hubieran canjeado por bonos o aplicado a fines específicos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 2023. XLI. REX
Pesificacion Depositos bancarios en dolares Ley 25.561 Decreto 1570/01 Decreto 214/02 Amparo Recurso extraordinario Cer Intereses Reintegro de depositos Derecho de propiedad

¿Quién es el actor?

Héctor Damián Sabbatini y otros, junto con los demás ahorristas acumulados en el expediente (más de un centenar de causas).

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (Ley 25.561, decretos 1570/01 y 214/02) y, según cada causa, las entidades bancarias depositarias.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reintegro de depósitos bancarios en dólares estadounidenses, convertidos a pesos por la pesificación dispuesta por la Ley 25.561, mediante acciones de amparo.

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se dejaron sin efecto las sentencias apeladas. Se reconoció a los actores el derecho a obtener de la entidad bancaria el reintegro de su depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses del 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta lo abonado por el banco durante el pleito y lo entregado por cautelares. Ese derecho tiene como límite lo decidido por la cámara y excluye los supuestos en que el depósito se extinguió por canje por bonos o por aplicación a fines específicos (cancelación de deudas con el sistema financiero, adquisición de inmuebles o automóviles). Las costas de esta instancia se distribuyeron en el orden causado; las de las instancias anteriores se mantuvieron.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte remite en razón de brevedad a los fundamentos y conclusiones de la causa "Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional" (CSJN, sentencia del 27 de diciembre de 2006), por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas. Textualmente: "Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas, en la causa M.2771.XLI. 'Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional - dto. 1570/01 y otro s/ amparo ley 16.986', sentencia del 27 de diciembre de 2006, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad." Asimismo, en atención a la excepcional situación suscitada en esta clase de causas, la Corte dispuso devolver las actuaciones directamente a los juzgados de primera instancia, por encontrarse publicado el precedente en la página web del Tribunal.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo NacionalCSJN · 27/12/2006

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