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Corte Suprema

BARROS PASTOR c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

Los actores interpusieron recursos ordinarios contra sentencias que reajustaban sus haberes previsionales por movilidad. La Corte Suprema declaró desiertos los recursos de los actores por falta de memorial y admitió los de la ANSeS, revocando las sentencias apeladas conforme a los fundamentos del precedente Heit Rupp.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 586. XXXIV. ROR
Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Haberes previsionales Recurso ordinario de apelacion Memorial Desercion del recurso Anses Precedente heit rupp Costas por su orden Ley 24.463

¿Quién es el actor?

Los actores en las causas acumuladas (entre ellos, Barros Pastor, Arroyo, Brawer, Barba, Escola, González Puertas, Grecco, Jara, Marcial, Mercado, Oviedo Gavina, Olivera, Orfano, Pedroni, Robledo, Rado y Sloniewska de Lenc).

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social) y, en algunos casos, INPS-Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales por movilidad.

¿Qué se resolvió?

se declararon desiertos los recursos ordinarios de apelación de los actores por no haber presentado el memorial exigido por el art. 280, segundo párrafo, del CPCCN; se declararon procedentes los recursos de la ANSeS y se revocaron las sentencias apeladas con el alcance que surge de los considerandos del fallo "Heit Rupp" (H.76.XXXIV), sin imposición de costas (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que no obstante haberse notificado a los actores de la providencia que ordenaba poner los autos en secretaría a los fines del artículo 280, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, no presentaron el memorial exigido por dicha norma."

"Que las cuestiones planteadas por la demandada en las presentes causas resultan sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por el Tribunal el 16 de setiembre de 1999 en la causa H.76.XXXIV 'Heit Rupp, Clementina c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos', votos concurrentes, a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Heit Rupp, Clementina c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimosCSJN · 16/09/1999

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