LOPEZ HERMES c/ INPS-CAJA NAC DE PREV DE LA INDUSTRIA,COM Y A CT CIVILES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La actora promovió reajuste por movilidad de su haber previsional contra el INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles. La Corte Suprema desestimó el recurso extraordinario de la actora, declaró procedente el de la ANSeS, revocó la sentencia apelada y ordenó aplicar el criterio fijado en el precedente Chocobar para el período comprendido entre el 1° de abril de 1991 y la vigencia de la ley 24.241.
¿Quién es el actor?
Hermes López.
¿A quién se demanda?
INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles (ANSeS como parte recurrente ante la Corte).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes por movilidad de la prestación previsional.
¿Qué se resolvió?
por mayoría, la Corte desestimó el recurso extraordinario deducido por la actora, declaró procedente el interpuesto por la ANSeS y revocó la sentencia apelada. En cuanto a la movilidad que corresponde desde el 1° de abril de 1991 hasta la vigencia del régimen de la ley 24.241, ordenó aplicar el criterio fijado en el precedente "Chocobar". Los jueces Fayt, Belluscio y Bossert se remitieron a sus disidencias en "Villagra" y "Chocobar".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que el recurso extraordinario deducido por la actora, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, votos concurrentes de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Boggiano, López y Vázquez en la causa V.179.XXII. 'Villagra, María Teresa s/ pensión - reajuste', fallada con fecha 14 de octubre de 1999)."
"Que las cuestiones planteadas por la demandada resultan sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en la causa 'Chocobar, Sixto Celestino' (Fallos: 319:3241, votos concurrentes de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Boggiano y López, y votos del juez Vázquez en dicha causa y en autos B.223.XXV. 'Bertone, Rogelio Héctor c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidad', del 15 de julio de 1997), a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitirse por razón de brevedad."
"Que respecto del sistema de topes máximos, cabe remitirse a lo resuelto por el Tribunal, mayoría y votos concurrentes, en las causas 'Del Azar Suaya' (Fallos: 320:2039) y B.386.XXVII. 'Beitía, Paulina Araceli c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 31 de octubre de 1997."
¿Cómo votaron los jueces?
los jueces Fayt, Belluscio y Bossert votaron en disidencia y se remitieron a sus fundamentos en las causas citadas; no constituyen la decisión del tribunal.
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Normas que cita
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 17.454
Fallos que cita
- Chocobar, Sixto CelestinoCSJN · Fallos 319:3241
- Villagra, María TeresaCSJN · 14/10/1999
- Bertone, Rogelio Héctor c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios PúblicosCSJN · 15/07/1997
- Del Azar SuayaCSJN · Fallos 320:2039
- Beitía, Paulina Araceli c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades CivilesCSJN · 31/10/1997
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