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Corte Suprema

PARANZINO MARIA CARMEN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Paranzino, jubilada, reclamó el reajuste de su haber previsional contra la ANSeS. La Corte Suprema modificó el plazo de cumplimiento de la sentencia para adecuarlo a la ley 26.153, por haber quedado abstractos los planteos del organismo sobre los arts. 22 y 23 de la ley 24.463.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 1516. XL. ROR
Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Confiscacion Inconstitucionalidad art. 55 ley 18.037 Ley 26.153 Ley 24.463 Plazo de cumplimiento Anses Abstracto Actis caporale

¿Quién es el actor?

María Carmen Paranzino.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional de la jubilada.

Antecedentes: la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, que había ordenado el reajuste del haber y fijado pautas de movilidad para el período posterior al 11 de abril de 1991. Ambas partes interpusieron recursos ordinarios de apelación, concedidos según el art. 19 de la ley 24.463.

¿Qué se resolvió?

la Corte Suprema modificó el plazo de cumplimiento de la sentencia, que deberá adecuarse a las disposiciones de la ley 26.153.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre los agravios de la actora por la confiscación: "los agravios de la actora sobre la medida de la confiscación no pueden prosperar, ya que la inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 18.037, más allá de haber sido declarada en forma hipotética y prescindiendo de las constancias de la causa, se ajustó en cuanto al porcentaje considerado a lo resuelto por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 323:4216 ('Actis Caporale'), sin que tampoco se observe en la sentencia apelada que el a quo haya previsto quita alguna en el período cuya movilidad modificó."

Sobre los planteos del organismo previsional: "los planteos del organismo previsional relacionados con los arts. 22 y 23 de la ley 24.463 han devenido abstractos, pues el art. 23 citado ha sido derogado por la ley 26.153 y el plazo de cumplimiento establecido en la sentencia habrá de ser modificado en virtud de la entrada en vigencia de la última ley mencionada, para adecuarlo al término allí previsto (conf. art. 21)."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 19, 22, 23 · Solidaridad previsional
  • Ley 26.153art. 21 · Solidaridad previsional
  • Ley 18.037art. 55 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • Actis CaporaleCSJN · Fallos 323:4216

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