MERCERO ANA NELIDA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario de la jubilada y revocó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social, aplicando el criterio de movilidad fijado en Sánchez para los períodos posteriores a la ley 23.928. Confirmó la tasa de interés fijada en Spitale y ordenó a la ANSeS dar cumplimiento a lo resuelto, sin perjuicio de las restantes cuestiones pendientes.
¿Quién es el actor?
Ana Nélida Mercero, jubilada.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios del haber jubilatorio, en particular la movilidad aplicable a los períodos posteriores a la vigencia de la ley 23.928 y la tasa de interés.
¿Qué se resolvió?
se declaró procedente el recurso ordinario; se revocó la sentencia apelada con el alcance fijado en "Sánchez"; se confirmó lo decidido en materia de tasa de interés según "Spitale"; y se hizo saber a la ANSeS que debe cumplir la parte consentida del fallo impugnado y lo resuelto en la presente. Las actuaciones se remitirán para la consideración de las restantes cuestiones planteadas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los agravios vinculados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en Fallos: 327:3721 ('Spitale'), al que cabe remitir por razón de brevedad."
"Los planteos de la demandante que se refieren a la movilidad que corresponde reconocer en los períodos posteriores a la vigencia de la ley 23.928, son similares a los que han sido examinados por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 328:1602 y 2833 ('Sánchez') cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos."
"Habida cuenta de que la jubilada ha solicitado pronto despacho en razón de su avanzada edad, corresponde atender a las razones humanitarias invocadas y decidir como en la causa W.25.XLI. 'Wittall, Reinaldo Carlos c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada el 16 de agosto de 2005, a fin de posibilitar el cobro de sus acreencias, sin perjuicio de la posterior consideración por el Tribunal de las restantes cuestiones planteadas (conf. argumento de la causa I.100.XXXII. 'Insúa, Vicente c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles s/ reajustes por movilidad', fallada el 11 de julio de 1996, y art. 49, 2do. párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
- Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional
- CPCCNart. 49 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
- SánchezCSJN · Fallos 328:1602
- Wittall, Reinaldo Carlos c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 16/08/2005
- Insúa, Vicente c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles s/ reajustes por movilidadCSJN · 11/07/1996
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.