STRIZZI FELIPE c/ ANSES s/INCONSTITUCIONALIDADES VARIAS
La ANSeS dedujo recurso ordinario contra la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social que confirmó el plazo de ciento veinte días fijado para cumplir la sentencia de reajuste de haberes. La Corte confirmó lo decidido sobre el plazo, con el alcance surgido de sus consideraciones, y declaró abstracto el tratamiento del art. 23 de la ley 24.463 por su derogación por la ley 26.153, aplicando en su lugar el plazo previsto por el art. 21 de esta última.
¿Quién es el actor?
Felipe Strizzi.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de haberes jubilatorios, con cuestionamiento de constitucionalidad de normas previsionales (causa "Strizzi, Felipe c/ ANSeS s/ inconstitucionalidades varias").
¿Qué se resolvió?
la Corte Suprema confirmó lo decidido en cuanto al plazo de cumplimiento de la sentencia, con el alcance que surge de sus consideraciones. Declaró abstracto el tratamiento de los planteos de la ANSeS referidos al art. 23 de la ley 24.463, por haber sido derogado por la ley 26.153, y dispuso que el cumplimiento se efectúe en el plazo previsto por el art. 21 de esta última.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que deviene abstracto el tratamiento de los planteos de la ANSeS que se refieren al artículo 23 de la ley 24.463, pues dicha norma ha quedado derogada por la ley 26.153. En virtud de la entrada en vigencia de la última norma citada, el cumplimiento de esta sentencia deberá efectuarse en el plazo allí previsto (art. 21)."
"Que contra el pronunciamiento de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social que confirmó el de la instancia anterior que había fijado un plazo de ciento veinte días para el cumplimiento de la sentencia de reajuste, la demandada dedujo recurso ordinario de apelación que fue concedido de acuerdo con lo dispuesto por el art. 19 de la ley 24.463."
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 19, 21, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 26.153art. 21 · Solidaridad previsional
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