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Corte Suprema

RODRIGUEZ ALEJANDRO s/ROBO AGRAVADO POR EL EMPLEO DE ARMA UNA VEZ REITERADO EN CONCURSO REAL -CAUSA N° 24217-

Alejandro Rodríguez interpuso recurso de hecho contra la denegación de un recurso extraordinario en una causa por robo agravado por el empleo de arma reiterado en concurso real. La Corte Suprema, por mayoría, hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento conforme al precedente Casal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 198. XLII. RHE
Recurso de hecho Robo agravado Empleo de arma Concurso real Recurso extraordinario Revision de sentencia condenatoria Doble conforme Casal Martinez areco Inadmisibilidad (art. 280 cpccn)

Actor/Recurrente: Alejandro Rodríguez, representado por el Dr. Mariano Andino y patrocinado por el Dr. Osvaldo M. Pinzetta.

Demandado/Contraparte: Ministerio Público / Estado (causa penal).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de hecho deducido contra la denegación del recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de Corrientes en causa por robo agravado por el empleo de arma, reiterado, en concurso real.

¿Qué se resolvió?

Hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario y dejar sin efecto el pronunciamiento apelado, remitiendo las actuaciones al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto por el Tribunal en el expediente 'Casal' (Fallos: 328:3399) (votos concurrentes de los infrascriptos), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad. Asimismo, los jueces Petracchi y Maqueda se remiten, además, a sus votos respectivos en la causa 'Martínez Areco' (Fallos: 328:3741)."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Por ello, se desestima la queja." Propuso intimar al depósito del art. 286 CPCCN, bajo apercibimiento de ejecución.

Normas que cita

  • CPCCNarts. 280, 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • CasalCSJN · Fallos 328:3399
  • Martínez ArecoCSJN · Fallos 328:3741

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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