BRIZUELA ALFREDO JUAN c/ SCOTIABANK QUILMES SA Y OTRO s/INDEMNIZACION ART. 212 LCT
La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario deducido por el Banco Macrobansud S.A. y dejó sin efecto la sentencia de la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Ordenó dictar un nuevo fallo con arreglo a lo expresado en el dictamen de la Procuradora Fiscal subrogante, al que la Corte adhirió.
¿Quién es el actor?
Alfredo Juan Brizuela.
¿A quién se demanda?
Scotiabank Quilmes S.A. (la presentación en queja es del Banco Macrobansud S.A.).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
DESCONOCIDO (el texto de la resolución no describe el reclamo; el expediente remite a un juicio laboral).
¿Qué se resolvió?
se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada, con costas, y se devuelven los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo conforme a lo dictaminado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal subrogante a los que cabe remitir por razones de brevedad." La resolución no desarrolla fundamentos propios; los fundamentos completos se encuentran en el dictamen de la Procuradora, que no fue incluido en el texto analizado.
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Normas que cita
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 20.744
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