JurisprudenciaARG
Corte Suprema

ARGENCARD S.A. c/ MISIONES, PROVINCIA DE Y OTRO s/ACCION DECLARATIVA DE CERTEZA (APLICACION DEL PROTOCOLO MULTILATERAL CON RELACION A LA DEU- DA TRIBUTARIA)

Argencard S.A. promovió acción declarativa de certeza contra la Provincia de Misiones y otro, y la codemandada solicitó la integración de la sentencia por omisión de pronunciamiento sobre su excepción de incompetencia. La Corte Suprema admitió el planteo, declaró abstracta la cuestión y extendió a la actora la condena en costas generadas por la intervención de la Provincia de Misiones.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 1149. XL. ORI
Accion declarativa de certeza Integracion de sentencia Omision de pronunciamiento Excepcion de incompetencia Cuestion abstracta Costas Participacion sustancial Art. 166 inc. 2? cpccn Art. 68 cpccn Provincia de misiones

¿Quién es el actor?

Argencard S.A.

¿A quién se demanda?

Provincia de Misiones y otro codemandado (Dirección General de Rentas de la Provincia de Misiones, según la carátula).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción declarativa de certeza.

¿Qué se resolvió?

Se admitió el planteo de integración del pronunciamiento de fs. 206/207. Se declaró abstracta la cuestión planteada en el capítulo III de la presentación de fs. 64/91 (la excepción de incompetencia de la Provincia). Se hizo extensiva a la actora la condena en costas respecto de las generadas por la intervención de la Provincia de Misiones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...la parte dispositiva de la mentada resolución de fs. 206/207 no contiene una decisión expresa, positiva y precisa respecto de la excepción planteada a fs. 64/91 (capítulo III), tal como lo exige el art. 161, inc. 2°, del citado ordenamiento procesal."

"...en la aludida sentencia se consideró de manera expresa la innecesariedad de expedirse sobre los demás argumentos expuestos por las demandadas, entre los cuales se encuentran los que dieron sustento al referido planteo (considerando 4°)."

"...por carecer de objeto el examen de aquéllos sobre los cuales el Estado provincial basó su defensa, corresponde que se integre el pronunciamiento de fs. 206/207 en el sentido de declarar abstracta la cuestión planteada en el capítulo III de la presentación de fs. 64/91, circunstancia esta que obsta a cualquier consideración del Tribunal sobre el particular..." (citando Fallos 320:2603 y 322:1436).

"...la imposición de costas dispuesta en el punto I del aludido pronunciamiento, también comprende las generadas por la intervención de la recurrente, dado que... la Provincia de Misiones 'no participa en forma sustancial' en este pleito" (causa P.1521.XL "Palumbo", sentencia del 7 de marzo de 2006).

Normas que cita

  • CPCCNarts. 166 inc. 2, 161 inc. 2, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Palumbo, Francisco y otro c/ Buenos Aires, Provincia de y otroCSJN · 07/03/2006
  • Fallos 320:2603CSJN
  • Fallos 322:1436CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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