JurisprudenciaARG
Corte Suprema

NORDHEIMER SRL c/ PEDRO WORMS Y CIA. S.R.L. s/EJECUTIVO

El Procurador General de la Nación dictaminó en el recurso extraordinario deducido en el juicio ejecutivo promovido por Nordheimer S.R.L. contra Pedro Worms y Cia. Propuso declarar procedente el recurso y revocar la sentencia apelada, remitiendo a los fundamentos del dictamen dado en la causa Rinaldi por razones de brevedad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
N. 219. XLII. REX
Recurso extraordinario Juicio ejecutivo Dictamen de la procuracion general Remision a precedente Causa rinaldi Revocacion de sentencia Nordheimer s.r.l. Pedro worms y cia. Ejecucion de titulo

¿Quién es el actor?

Nordheimer S.R.L.

¿A quién se demanda?

Pedro Worms y Cia.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Juicio ejecutivo (proceso de ejecución de un título).

¿Qué se resolvió?

El dictamen de la Procuración General no es una decisión del tribunal. Propone a la Corte Suprema declarar procedente el recurso extraordinario y revocar la sentencia apelada. Según el texto, la propia Corte ya se había pronunciado sobre estas cuestiones en la causa "Rinaldi" (sentencia del 15 de marzo de 2007).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El dictamen se remite, "por razones de brevedad", a lo dictaminado en la causa S.C. R. N° 320, L. XLII, "Rinaldi, Francisco Augusto y otros c/ Guzmán Toledo, Ronal Constante y otro s/ Ejecución hipotecaria", dictaminada el 8 de febrero de 2007. Textualmente: "Toda vez que cuestiones sustancialmente análogas a las que son materia de recurso en los presentes actuados, han sido examinadas por esta Procuración General en la causa [...], corresponde remitir, en lo pertinente, a los términos y consideraciones allí vertidos, por razones de brevedad." Agrega: "V.E. se ha pronunciado sobre dichas cuestiones al dictar sentencia en la causa referida, el día 15 de marzo de 2007." Concluye: "opino que se debe declarar procedente el recurso extraordinario, y revocar la sentencia apelada."

Fallos que cita

  • Rinaldi, Francisco Augusto y otros c/ Guzmán Toledo, Ronal Constante y otro s/ Ejecución hipotecariaCSJN · 15/03/2007

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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