CARPINACCI GUILLERMO ROBERTO Y OTRO c/ ARAGONA JORGE LUCIO Y OTRA Y OTRO s/EJECUCION HIPOTECARIA
La Procuración General de la Nación dictaminó que corresponde hacer lugar a la queja y declarar procedente el recurso extraordinario en la ejecución hipotecaria promovida por Carpinacci contra Aragona. Propone revocar la sentencia apelada, por remisión a los fundamentos vertidos en la causa S.C. R. N° 320, L. XLII.
¿Quién es el actor?
Guillermo Carpinacci
¿A quién se demanda?
Jorge Aragona
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución hipotecaria
¿Qué se resolvió?
No se trata de una sentencia de la Corte sino de un dictamen de la Procuración General, que propone hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario y revocar la sentencia apelada. El dictamen no decide por sí mismo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Toda vez que cuestiones sustancialmente análogas a las que son materia de recurso en los presentes actuados, han sido examinadas por esta Procuración General en la causa: S.C. R. N° 320, L. XLII, caratulada 'Rinaldi, Francisco Augusto y otros c/ Guzmán Toledo, Ronal Constante y otro s/ Ejecución hipotecaria', dictaminada el día 8 de febrero de 2007, y más recientemente, por V.E. al dictar sentencia en dicha causa el día 15 de marzo de 2007, corresponde remitir, en lo pertinente, a los términos y consideraciones allí vertidos, por razones de brevedad."
"Sin perjuicio de ello, en virtud de que la ley 26.167 fue dictada con posterioridad a la interposición del presente recurso, procedería, si V.E. lo estima pertinente, conferir vista a las partes y al ente fiduciario, a fin de que expresen lo que estimen conducente acerca de la nueva ley."
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Normas que cita
- Ley 26.167Emergencia publica
Fallos que cita
- Rinaldi, Francisco Augusto y otros c/ Guzmán Toledo, Ronal Constante y otro s/ Ejecución hipotecariaCSJN · 15/03/2007
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