CIAPPI DE QUIROZ MARIA DEL CARMEN POR SI Y EN REPRESENTACION DE SUS HIJOS MENORES JORGE Y PABLO QUIROZ c/ ELEDAR S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL
La Corte Suprema, por mayoría, hizo lugar a la queja y declaró procedente el recurso extraordinario deducido por el Banco de la Ciudad de Buenos Aires en una causa laboral. Confirmó la sentencia remitiendo a los fundamentos del precedente EMM S.R.L. c/ Tía S.A. por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas.
¿Quién es el actor?
María del Carmen Ciappi de Quiroz, por sí y en representación de sus hijos menores Jorge y Pablo Quiroz.
¿A quién se demanda?
Eledar S.A. (el recurso fue interpuesto por el Banco de la Ciudad de Buenos Aires).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de hecho contra la sentencia de la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, en el marco de una causa de naturaleza laboral.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, se hace lugar a la queja, se declara formalmente procedente el recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada en los términos del precedente al que se remite. Costas por su orden en razón de las particularidades de la relación jurídica.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte consideró que "las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas, el 20 de marzo de 2007, en la causa E.68.XL. 'EMM S.R.L. c/ Tía S.A. s/ ordinario s/ incidente de medidas cautelares', a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad." La jueza Highton de Nolasco se remitió a su disidencia en dicho precedente. La decisión fue adoptada por mayoría, con el dictamen del Procurador Fiscal.
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Normas que cita
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- EMM S.R.L. c/ Tía S.A. s/ ordinario s/ incidente de medidas cautelaresCSJN · 20/03/2007
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