BENITEZ LEOPOLDO MARINO Y OTRO c/ JUKI S.A. Y OTROS s/INCONST. ART. 39 LEY 24.557
La Corte Suprema hizo lugar a la queja y declaró procedente el recurso extraordinario contra la sentencia de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, dejándola sin efecto y ordenando dictar nuevo fallo. Lo hizo por remisión a los fundamentos del dictamen de la Procuradora Fiscal subrogante, que consideró que los agravios de los apelantes tenían adecuada respuesta.
¿Quién es el actor?
Leopoldo Marino Benítez y otro.
¿A quién se demanda?
Juki S.A. y otros.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
no surge del texto de la resolución analizada, que se limita a la decisión sobre la queja.
¿Qué se resolvió?
se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario, se dejó sin efecto la sentencia apelada, con costas, y se ordenó que el tribunal de origen dicte nuevo fallo conforme a lo expresado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios de los apelantes encuentran adecuada respuesta en los fundamentos del dictamen de la señora Procuradora Fiscal subrogante, que esta Corte comparte y hace suyos por razones de brevedad."
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Normas que cita
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 24.557
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