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Corte Suprema

MARTIN DAVID c/ CAJA NACIONAL DE PREVISION DE LA INDUSTRIA COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario de la ANSeS y dejó sin efecto la aplicación del tope de la ley 17.040 a los honorarios regulados en la causa. Asimismo, admitió la movilidad de las prestaciones previsionales entre el 1° de abril de 1991 y la entrada en vigencia de la ley 24.241, siguiendo los precedentes Chocobar y Cordaro.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 265. XXXI. RHE
Movilidad previsional Haberes jubilatorios Ley 17.040 Honorarios Tope arancelario Ley 24.241 Recurso extraordinario Anses Caja nacional de prevision Precedente chocobar.

¿Quién es el actor?

David Martín.

¿A quién se demanda?

Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles (y, en el recurso extraordinario, la ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de la movilidad de las prestaciones previsionales y honorarios profesionales regulados en la causa.

¿Qué se resolvió?

se hizo lugar al recurso extraordinario de la parte actora y se declaró procedente el recurso de la ANSeS; se dejó sin efecto el tope de la ley 17.040 para los honorarios; se revocó la sentencia apelada; y se admitió la movilidad por el período comprendido entre el 1° de abril de 1991 y la vigencia de la ley 24.241, según el criterio de los precedentes Chocobar y Cordaro.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el Tribunal remite, por razón de brevedad, a las consideraciones de los precedentes Gómez, Leopoldo Mario (Fallos: 322:1520) y Cordaro, Pascual (Fallos: 321:624), por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas. Los jueces Fayt y Petracchi votaron en disidencia y se remiten a sus disidencias respectivas en la causa Cordaro.

Normas que cita

  • Ley 17.040
  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

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