JurisprudenciaARG
Corte Suprema

MILANESIO MARGARITA c/ INPS-CAJA NAC. DE PREV. DE LA INDUSTRIA, COM. s/PENSIONES

La Corte Suprema declaró desierto el recurso ordinario interpuesto por la ANSES en un reclamo de pensión por fallecimiento de la titular, por falta de una crítica concreta y razonada de la sentencia impugnada. En consecuencia, confirmó el fallo de la Cámara Federal de la Seguridad Social que había revocado la denegatoria del beneficio.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 334. XXXV. ROR
Pension Desercion del recurso Recurso ordinario Critica concreta y razonada Separacion de hecho Culpa del conyuge Ley 17.562 Derecho alimentario Seguridad social Prueba documental y testifical.

¿Quién es el actor?

Margarita Milanesio.

¿A quién se demanda?

INPS-Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pensión (beneficio previsional por fallecimiento del causante).

¿Qué se resolvió?

Se declaró desierta la apelación y se confirmó el fallo recurrido. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La alzada ponderó que no se había acreditado en forma fehaciente la culpa de la titular en la separación de hecho de los cónyuges, lo cual era condición para la pérdida del derecho al beneficio -de conformidad con lo establecido en el art. 1°, inc. a, ley 17.562-; que la prestación requerida tiende a la protección del grupo familiar dependiente del causante y que al fallecimiento de aquél subsistía, a favor de la actora, el derecho alimentario."

"La demandada no se hace cargo de la interpretación y aplicación que hizo el a quo de la norma que rige el caso, ni de la jurisprudencia de esta Corte citada en apoyo de tal inteligencia, además de que los agravios referentes al valor que debe asignarse a las pruebas documental y testifical no se adecuan a las circunstancias de la causa. Lo expresado conduce a declarar la deserción del recurso por no cumplir con el requisito de efectuar una crítica concreta y razonada de la sentencia que se impugna."

Normas que cita

  • Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional
  • Ley 17.562art. 1 inc. a

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