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Corte Suprema

AVALOS ZULEMA c/ PEN- LEY 25561 Y DTOS 1570/01 Y 214/02 s/AMPARO LEY 16.986

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios en causas de amparo por la pesificación de depósitos bancarios y dejó sin efecto las sentencias apeladas. Reconoció a los actores el derecho a obtener la devolución de sus depósitos a razón de $1,40 por dólar, ajustada por CER, con intereses del 4% anual, remitiendo a los fundamentos de Massa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 943. XLII. REX
Pesificacion Depositos bancarios en dolares Emergencia economica Ley 25.561 Decreto 214/02 Cer Amparo Recurso extraordinario Reintegro de depositos Costas en el orden causado

¿Quién es el actor?

Zulema Avalos y demás actores acumulados (más de un centenar de causas).

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (Ley 25.561 y decretos 1570/01 y 214/02) y entidades bancarias depositarias.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

amparo contra la conversión a pesos de depósitos bancarios en dólares y la exigencia de su restitución en moneda original o su equivalente en la forma establecida por la normativa de emergencia.

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se dejaron sin efecto las sentencias apeladas. Se reconoció el derecho de los actores a obtener el reintegro del depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER, con intereses del 4% anual no capitalizable, computando los pagos a cuenta y las sumas entregadas por medidas cautelares, con exclusión de los depósitos canjeados por bonos o aplicados a fines específicos. Costas de esta instancia en el orden causado; las de instancias anteriores se mantienen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa M.2771.XLI. 'Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional - dto. 1570/01 y otro s/ amparo ley 16.986', sentencia del 27 de diciembre de 2006, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad." La sentencia no desarrolla fundamentos propios: su razonamiento está incorporado por remisión al precedente "Massa", al que se remite en razón de brevedad. Se invoca además la "excepcional situación suscitada en esta clase de causas" para justificar la devolución directa de las actuaciones a primera instancia y la publicación del precedente en la web del Tribunal.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional s/ amparoCSJN · 27/12/2006

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