OPATIJA s/CONTRABANDO DE ARMAS -CAUSA N° 8830-
La Corte Suprema desestimó el recurso de hecho interpuesto en una causa por contrabando de armas, en la que la imputada había obtenido su excarcelación. El tribunal consideró que ello no tornaba abstracta la decisión que confirmó su procesamiento y prisión preventiva, y rechazó el planteo de situación patrimonial por no haberse gestionado previamente el beneficio de litigar sin gastos.
¿Quién es el actor?
No aplica. Se trata de una causa penal (contrabando de armas) en la que la parte recurrente es el apelante defensor/imputado.
¿A quién se demanda?
No aplica en los términos de un proceso civil. La imputada en la causa penal es la encartada.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de hecho contra la resolución que confirmó el procesamiento y la prisión preventiva de la imputada, y solicitud vinculada a su situación patrimonial.
¿Qué se resolvió?
La Corte no hizo lugar a lo peticionado a fs. 66 y ordenó estarse a lo resuelto a fs. 63.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que según lo expresó el recurrente a fs. 62 y surge de la copia de la resolución que acompañó a fs. 58/61, a la imputada se le ha concedido su excarcelación, lo que no tornó abstracta la decisión que confirmó su procesamiento y prisión preventiva. En estas condiciones resulta aplicable al caso la doctrina de Fallos: 314:292."
"Que, por lo demás, respecto a la aducida situación patrimonial de la encartada, el apelante debió gestionar oportunamente el beneficio de litigar sin gastos."
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Fallos que cita
- Opatija s/ contrabando de armasCSJN · Fallos 314:292
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