JurisprudenciaARG
Corte Suprema

BORRAZZO VICTORIO Y OTROS c/ EN - M° T Y SS Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La causa por daños y perjuicios iniciada contra el Estado Nacional y Telefónica de Argentina SA por la falta de emisión de bonos de participación en las ganancias fue remitida a la justicia civil y comercial federal, por conflicto de competencia con el fuero contencioso administrativo. El Procurador General se pronunció por la competencia civil federal, por analogía con un precedente de la Corte que resolvió un caso similar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 222. XXXVI. COM
Conflicto de competencia Danos y perjuicios Bonos de participacion en las ganancias Participacion accionaria obrera Competencia civil y comercial federal Contencioso administrativo federal Telefonica de argentina Estado nacional Inconstitucionalidad Decreto 395/92.

¿Quién es el actor?

Los actores de la causa (S.S. y otro).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación) y Telefónica de Argentina SA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de inconstitucionalidad del artículo 41 del decreto n° 395/92 e indemnización de daños y perjuicios por la no emisión de los bonos de participación en las ganancias previstos en el artículo 29 de la ley n° 23.696.

¿Qué se resolvió?

Se dictamina que la causa debe continuar su trámite ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal n° 7, al que deberá remitirse. (Dictamen del Procurador General, no decisión final de la Corte.)

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En mi opinión, la presente causa es substancialmente análoga a la dictaminada con fecha 28 de septiembre de 1998, en autos S.C. Comp. 387, L. XXXIV, 'Albornoz, Domingo Acencio c/ Y.P.F. S.A. y otro s/ proceso de conocimiento', resuelta por V.E., por sus fundamentos, el 17 de noviembre del mismo año (v. Fallos: 321: 3037)."

Se cita, en el mismo sentido, S.C. Comp. n° 195, L. XXXV, "Escandell, Palmira y otros c/ Estado Nacional - Entel Residual y otro s/ part. accionariado obrero", del 5 de octubre de 1999.

"En mérito a ello, considero que corresponde que continúe su trámite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal n° 7, a dónde deberá remitirse, a sus efectos."

Normas que cita

  • Decreto 395art. 41
  • Ley 23.696art. 29 · Reforma del estado

Fallos que cita

  • Albornoz, Domingo Acencio c/ Y.P.F. S.A. y otroCSJN · 17/11/1998 · Fallos 321:3037
  • Escandell, Palmira y otros c/ Estado Nacional - Entel Residual y otroCSJN · 05/10/1999

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.