RODRIGUEZ JOSE OSVALDO c/ ANSES s/PRESTACIONES VARIAS
La actora reclamó la inconstitucionalidad del artículo 21 de la ley 24.463 y el reajuste de su haber jubilatorio conforme a la tasa pasiva de interés. La Corte Suprema confirmó la sentencia apelada con el alcance fijado en el precedente Spitale y rechazó el pedido de aplicar el precedente Sánchez a la movilidad del haber.
¿Quién es el actor?
José Osvaldo Rodríguez.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
prestaciones varias de la seguridad social, en particular la tasa de interés aplicable a los haberes previsionales y la movilidad del haber jubilatorio.
¿Qué se resolvió?
el Tribunal declaró procedentes los recursos ordinarios interpuestos, confirmó la sentencia apelada con el alcance que surge del precedente "Spitale" y rechazó la petición de fs. 108.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los agravios de las partes vinculados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente de Fallos: 327:3721 ('Spitale'), al que cabe remitir por razones de brevedad." (considerando 1°)
"el planteo de inconstitucionalidad del artículo 21 de la ley 24.463 formulado por la parte actora constituya una reflexión tardía, pues debió haberlo efectuado en la primera oportunidad que le presentaba el proceso, es decir, al deducir la demanda de conocimiento pleno" (considerando 2°)
"el pedido del titular de fs. 108 relacionado con la aplicación del precedente de esta Corte 'Sánchez, María del Carmen' a la movilidad de su haber jubilatorio, no guarda relación alguna con el tema en debate, que se limita a verificar el cumplimiento de los requisitos para la obtención de uno de los beneficios previstos por la ley 24.241, por lo que debe ser desestimado." (considerando 3°)
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Normas que cita
- Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
Fallos que cita
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
- Sánchez, María del CarmenCSJN
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