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Corte Suprema

GALLEGOS DE SALAS CRESCENCIA c/ 17 DE AGOSTO COMPAÑIA DE TRANSPORTES s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios interpuestos en varias causas por daños y perjuicios derivados de accidentes de tránsito y confirmó las sentencias apeladas, remitiéndose por razones de brevedad a los fundamentos del precedente Risolía de Ocampo dictado el 2 de agosto de 2000.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 439. XXXIV. REX
Danos y perjuicios Accidente de transito Lesiones o muerte Transporte automotor Recurso extraordinario Confirmacion de sentencia Remision a precedente Costas en el orden causado Responsabilidad civil Corte suprema

¿Quién es el actor?

Diversos actores en las causas acumuladas (entre ellos Crescencia Gallegos de Salas, Julio Amuel, Fernando Curutchet, Beatriz Eugenia De Von Der Walde, Petrona Lilian Fuzs, Silvia Myriam Grien, Mina Gruszka de Chester, Itala Herminia Giménez de Ipólito, Norma Mercedes López, Enrique Hernán Mosquera, María de la Gloria Malvino, Mercedes Margarita Mella, Margarita Luz Paredes, Rosa Rusconi de Vázquez, Virgilio Sato, Blanca Lucía Sánchez y otros).

¿A quién se demanda?

Empresas de transporte automotor, conductores y otros codemandados según cada causa (17 de Agosto Cía. de Transportes, Línea 213 S.A.T., Línea 76 S.A., Microómnibus Ciudad de Buenos Aires, Línea 59 M.O.C.B.A., San Vicente Tours S.R.L., Empresa 30 de Agosto S.R.L., Cooperativa de Trabajo Transporte Automotor Cuyo T.A.C., entre otros).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios derivados de accidentes de tránsito con lesiones o muerte.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas. Impuso las costas en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El Tribunal sostuvo que las cuestiones planteadas en las presentes causas resultan sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas en la causa R.94.XXXIV "Risolía de Ocampo, María José c/ Rojas, Julio César y otros s/ ejecución de sentencia (incidente)", con fecha 2 de agosto de 2000, y remitió a sus consideraciones "en razón de brevedad". La sentencia es breve y no contiene una transcripción de argumentos adicionales en el texto analizado.

Fallos que cita

  • Risolía de Ocampo, María José c/ Rojas, Julio César y otros s/ ejecución de sentencia (incidente)CSJN · 02/08/2000

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