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Corte Suprema

FLORES DE GUZMAN MARIA ESTHER c/ EMPRESA SAN VICENTE s/SUMARIO

Un conjunto de demandas por daños y perjuicios derivadas de accidentes de tránsito llegó a la Corte Suprema por recursos extraordinarios. El Tribunal declaró procedentes los recursos y confirmó las sentencias apeladas, remitiéndose en razón de brevedad al precedente Risolía de Ocampo dictado el 2 de agosto de 2000.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 107. XXXIV. REX
Danos y perjuicios Accidente de transito Lesiones o muerte Recurso extraordinario Confirmacion Remision a precedente Beneficio de litigar sin gastos Medidas precautorias Costas en el orden causado Transporte automotor

¿Quién es el actor?

María Esther Flores de Guzmán y los demás actores agrupados en las causas acumuladas (entre ellos Juana Sixta Arroyo, Ana María Baranelli, Elba Regina Daza de Salinas, Elsa Cristina Filomatori, José Humberto Guzmán, Young Sook Kim, Juan Alberto La Greca, Carlos Javier Morales, Miguel Angel Nigro, Gerardo Nuevo, Juan Carlos Porra, Ofelia Julia Rizzi, Carlos Luciano Sosa, Rubén Abel Solohaga y Juana Troiano).

¿A quién se demanda?

Empresa San Vicente S.A.T., Expreso Caraza, Línea 188, Microómnibus Norte S.A., Línea 84 S.A.C.I., Línea 213 S.A.T., Talsa, entre otros transportistas y conductores según cada causa.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnizaciones por daños y perjuicios derivados de accidentes de tránsito con lesiones o muerte, en varios casos con pedidos de beneficio de litigar sin gastos o medidas precautorias.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas. Las costas se impusieron en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El Tribunal sostuvo que las cuestiones planteadas en las presentes causas son sustancialmente análogas a las examinadas en la causa R.94.XXXIV. "Risolía de Ocampo, María José c/ Rojas, Julio César y otros s/ ejecución de sentencia (incidente)", con fecha 2 de agosto de 2000, y remitió a sus consideraciones "en razón de brevedad". El texto no transcribe los argumentos del precedente, por lo que no se incluyen fundamentos sustantivos adicionales en esta sentencia.

Fallos que cita

  • Risolía de Ocampo, María José c/ Rojas, Julio César y otros s/ ejecución de sentencia (incidente)CSJN · 02/08/2000

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