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Corte Suprema

VINCIGUERRA JOSE EDUARDO s/QUIEBRA

Se planteó recurso extraordinario en un incidente de verificación de créditos dentro de la quiebra de José Eduardo Vinciguerra. La Corte Suprema declaró formalmente procedente el recurso y confirmó la sentencia por remisión a los fundamentos del precedente EMM S.R.L. c/ Tía S.A., con costas por su orden.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
V. 694. XXXIX. REX
Quiebra Incidente de recurso extraordinario Fallido Sindico Verificacion de creditos Remision a precedente Costas por su orden Art. 68 cpccn Corte suprema Formal procedencia

Actor/Recurrente: José Eduardo Vinciguerra (fallido), representado por el Dr. Pedro Miguel Lorentinco.

Demandado/Recurrido: Síndico Hugo Zoccoli, que contestó el traslado.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

recurso extraordinario deducido en el marco del incidente de quiebra del fallido, contra la sentencia de la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declaró formalmente procedente el recurso extraordinario y se confirmó la sentencia apelada en los términos del precedente "EMM S.R.L. c/ Tía S.A.", con costas por su orden (art. 68, segunda parte, CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas, el 20 de marzo de 2007, en la causa E.68.XL. 'EMM S.R.L. c/ Tía S.A. s/ ordinario s/ incidente de medidas cautelares', a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad." La Dra. Highton de Nolasco se remitió a su disidencia en ese precedente.

Normas que cita

  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • EMM S.R.L. c/ Tía S.A. s/ ordinario s/ incidente de medidas cautelaresCSJN · 20/03/2007

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