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Corte Suprema

INDIJ ADRIAN RUBEN c/ COLANGELO CLORINDA DOROTEA s/EJECUCION HIPOTECARIA

La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario de la ejecutada y revocó la declaración de inconstitucionalidad del régimen de refinanciación hipotecaria, ordenando que la deudora opte por cancelar el crédito conforme a la ley 26.167. Rechazó asimismo el planteo de inconstitucionalidad de dicha ley formulado por el actor.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
I. 334. XLI. RHE
Ejecucion hipotecaria Refinanciacion hipotecaria Ley 26.167 Inconstitucionalidad Recurso extraordinario Trance y remate Intereses Control de constitucionalidad Costas Codigo procesal civil y comercial de la nacion

¿Quién es el actor?

Adrián Rubén Indij.

Demandada/ejecutada: Clorinda Dorotea Colángelo.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución hipotecaria de un crédito, en el marco de sentencia de trance y remate firme, con acuerdo de partes sobre la liquidación de capital e intereses.

¿Qué se resolvió?

admisión formal del recurso extraordinario; revocación de la sentencia apelada en cuanto declaraba la inconstitucionalidad del régimen de refinanciación hipotecaria; intimación al juez de primera instancia para fijar un plazo no mayor de 30 días a fin de que la deudora manifieste si opta por cancelar el crédito según la ley 26.167; rechazo del planteo de inconstitucionalidad de la ley 26.167 formulado por el actor; costas de la ejecución a cargo de la deudora conforme art. 558 CPCCN, salvo las de los incidentes vinculados a la refinanciación hipotecaria y las de esta instancia, que se imponen en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que atento a que en la presente causa existe sentencia de trance y remate firme y acuerdo de partes respecto de la forma en que se liquidarán el capital adeudado y los intereses (fs. 29, 67 y 79), las cuestiones planteadas resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa G.88.XLII 'Grillo, Vicente c/ Sparano, Claudio Rafael', fallada el 3 de julio de 2007, cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

la jueza Argibay se remitió a su disidencia en la causa "Grillo", sin fundamentos propios en este pronunciamiento.

Normas que cita

  • Ley 26.167Emergencia publica
  • CPCCNart. 558 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Grillo, Vicente c/ Sparano, Claudio RafaelCSJN · 03/07/2007

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