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Corte Suprema

FILIPPI CARMELA LOLA c/ PEN LEY 25561 DTO 1570/01 214/02 s/AMPARO

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios y dejó sin efecto las sentencias que habían rechazado el reclamo de los ahorristas por la conversión a pesos de sus depósitos en dólares. Reconoció el derecho de los actores a obtener el reintegro de sus depósitos a la relación de $1,40 por dólar, ajustado por CER más intereses del 4% anual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 996. XLI. REX
Pesificacion Ley 25.561 Depositos bancarios en dolares Amparo Cer Intereses Corralito Derecho de propiedad Recurso extraordinario Reintegro de depositos

¿Quién es el actor?

Carmela Lola Filippi y demás ahorristas agrupados en la presente causa conjunta (ver listado de expedientes).

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (Ley 25.561, Decretos 1570/01 y 214/02) y, en su caso, las entidades bancarias depositarias.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reintegro de depósitos bancarios en dólares estadounidenses convertidos a pesos por aplicación de la pesificación dispuesta por la Ley 25.561 y decretos reglamentarios, mediante acciones de amparo.

¿Qué se resolvió?

Se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se dejan sin efecto las sentencias apeladas. Se reconoce el derecho de los actores a obtener de la entidad bancaria el reintegro del depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses del 4% anual no capitalizable, con deducción de pagos a cuenta y con exclusión de los supuestos de canje por bonos o aplicación a fines específicos. Costas de esta instancia en el orden causado; costas anteriores como fueron resueltas por el tribunal a quo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia remite en razón de brevedad a los fundamentos y conclusiones de la causa M.2771.XLI "Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional s/ amparo", sentencia del 27 de diciembre de 2006, cuyos criterios son aplicables a todas las causas análogas acumuladas. Dado el carácter excepcional de esta clase de causas, se dispuso la devolución directa de las actuaciones a los juzgados de primera instancia, con publicación del precedente en la página web del Tribunal.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional s/ amparoCSJN · 27/12/2006

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