PERICHON MARIA ADELA c/ ANSES s/PENSIONES
La Corte Suprema confirmó la sentencia que reconoció a María Adela Perichón el derecho a percibir el beneficio de pensión contra la ANSeS, remitiendo a sus precedentes sobre el plazo de cumplimiento de las sentencias previsionales. El recurso ordinario de la ANSeS fue declarado parcialmente procedente, sin modificar el reconocimiento del derecho.
¿Quién es el actor?
María Adela Perichón.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
derecho a percibir el beneficio de pensión.
¿Qué se resolvió?
se declara parcialmente procedente el recurso ordinario de la ANSeS y se confirma la sentencia apelada, con el alcance que surge de los precedentes citados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las impugnaciones vinculadas con el plazo de cumplimiento de la sentencia encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por el Tribunal en los precedentes publicados en Fallos: 323:4004 ('Leonardini'); 324:179 ('Alfonso') y 325:2556 ('Coter'), y en la causa N.317.XXXIX. 'Novelli de García Salles', del 15 de agosto de 2006, a cuyas consideraciones corresponde remitir por razón de brevedad. Los restantes planteos deben ser desestimados por no guardar relación con el tema en debate ni con lo decidido en la sentencia apelada."
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Normas que cita
- Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- LeonardiniCSJN · Fallos 323:4004
- AlfonsoCSJN · Fallos 324:179
- CoterCSJN · Fallos 325:2556
- Novelli de García SallesCSJN · 15/08/2006
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