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Corte Suprema

KRAVETZ PATRICIA ADRIANA c/ YELAMOS MARIA CRISTINA Y OTRO Y OTRO s/EJECUCION HIPOTECARIA

La Corte Suprema admitió formalmente el recurso extraordinario de los ejecutados y revocó parcialmente la sentencia en lo relativo al cálculo del monto de la ejecución y a la inaplicabilidad de las leyes de emergencia económica y la ley 25.798. Rechazó, en cambio, el planteo de inconstitucionalidad de la ley 26.167 formulado por la actora, por resultar extraño a su conocimiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
K. 215. XLI. RHE
Ejecucion hipotecaria Refinanciacion hipotecaria Ley 26.167 Leyes de emergencia economica Ley 25.798 Ley 25.908 Inconstitucionalidad Vivienda unica y familiar Recurso extraordinario Costas (art. 558 cpccn)

Actor (ejecutante): Patricia Adriana Kravetz.

Demandado (ejecutados): María Cristina Yelamos y otro (Daniel Orlando Supini).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución hipotecaria de un mutuo otorgado por el Banco de la Nación Argentina (agente fiduciario), en el marco del régimen de refinanciación hipotecaria de la ley 26.167.

¿Qué se resolvió?

se revocó el fallo apelado en cuanto al modo de calcular el monto por el que progresa la ejecución y en cuanto declaraba inaplicables las leyes de emergencia económica y la ley 25.798 (modificada por la ley 25.908). Se rechazó el planteo de inaplicabilidad e inconstitucionalidad de la ley 26.167 por resultar extraño al conocimiento del Tribunal (el mutuo fue declarado elegible y las cuestiones de vivienda única y mora exceden la competencia de la Corte). Las costas de la ejecución se imponen conforme al art. 558 CPCCN, salvo las de los incidentes sobre constitucionalidad de las normas de emergencia y el régimen de refinanciación hipotecaria, que se imponen en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte remite, por razón de brevedad, a los fundamentos de la causa "Rinaldi, Francisco Augusto y otro c/ Guzmán Toledo, Ronal Constante y otra" (R.320.XLII, 15/3/2007, votos concurrentes), y el doctor Petracchi se remite a su voto en "Lado Domínguez, Ramón Alberto c/ Delriso, Rubén" (L.1167.XLII y L.38.XLIII, 20/6/2007). El texto citado es: "Que las cuestiones planteadas en la presente causa resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa R.320.XLII ... cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad."

No se transcriben votos en disidencia: el fallo es unánime.

Normas que cita

  • Ley 26.167Emergencia publica
  • Ley 25.798Sistema de refinanciacion hipotecaria
  • Ley 25.908Sistema de refinanciacion hipotecaria
  • CPCCNart. 558 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Rinaldi, Francisco Augusto y otro c/ Guzmán Toledo, Ronal Constante y otraCSJN · 15/03/2007
  • Lado Domínguez, Ramón Alberto c/ Delriso, RubénCSJN · 20/06/2007

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