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Corte Suprema

SOSA LOPEZ ALFREDO c/ TARASCIO TERESA DEL VALLE s/EJECUCION HIPOTECARIA

La Corte Suprema declaró formalmente admisible el recurso extraordinario de la ejecutada en un juicio de ejecución hipotecaria y revocó la sentencia en cuanto había excluido el régimen de refinanciación hipotecaria de la ley 26.167. Ordenó que el juez de primera instancia fije un plazo para que la deudora opte por cancelar el crédito conforme a ese régimen.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 1400. XLII. REX
Ejecucion hipotecaria Refinanciacion hipotecaria Ley 26.167 Recurso extraordinario Mutuo Elegibilidad Banco de la nacion argentina Costas Art. 558 cpccn Inaplicabilidad de ley.

Actor (ejecutante): Alfredo Sosa López.

Demandada (ejecutada): Teresa del Valle Tarascio.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución hipotecaria de un mutuo.

¿Qué se resolvió?

se declara formalmente admisible el recurso extraordinario; se revoca la sentencia apelada en cuanto declaró inaplicable el régimen de refinanciación hipotecaria; se dispone que el juez de primera instancia fije un plazo no mayor a 30 días para que la deudora manifieste si opta por cancelar el crédito; se rechaza el planteo de inaplicabilidad de la ley 26.167 formulado por el actor; las costas se imponen según el art. 558 del CPCCN, y las de los incidentes sobre refinanciación y las de esta instancia en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa G.88.XLII 'Grillo, Vicente c/ Sparano, Claudio Rafael', fallada el 3 de julio de 2007, cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad. La jueza Argibay se remite a su disidencia en la citada causa." Asimismo, "el mutuo ha sido declarado elegible por el Banco de la Nación Argentina (agente fiduciario) según constancias de fs. 264, motivo por el cual las razones invocadas por el ejecutante referentes al incumplimiento de los requisitos exigidos para el ingreso al sistema de refinanciación hipotecaria resultan extrañas al conocimiento de este Tribunal."

Normas que cita

  • Ley 26.167Emergencia publica
  • CPCCNart. 558 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Grillo, Vicente c/ Sparano, Claudio RafaelCSJN · 03/07/2007

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