JurisprudenciaARG
Corte Suprema

POLITO JOSEFINA c/ FERRARI DANIEL CESAR s/EJECUCION ESPECIAL LEY 24.441

La Corte Suprema admitió formalmente el recurso extraordinario de los ejecutados y revocó parcialmente la sentencia de la Cámara en la ejecución hipotecaria especial de la ley 24.441, en lo referido al cálculo del monto de la ejecución y a la constitucionalidad del régimen de refinanciación hipotecaria (leyes 25.798 y 25.908). Rechazó, en cambio, los planteos de inconstitucionalidad de la ley 26.167 formulados por la actora, por considerarlos ajenos a su competencia en esta instancia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 1592. XLII. REX
Ejecucion especial Ley 24.441 Mutuo hipotecario Refinanciacion hipotecaria Emergencia economica Leyes 25.798 y 25.908 Ley 26.167 Inconstitucionalidad Recurso extraordinario Costas (art. 558 cpccn)

Actor (ejecutante): Josefina Polito y otros.

Demandado (ejecutado): Daniel César Ferrari y otro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución especial de un mutuo hipotecario regido por la ley 24.441 (juicio ejecutivo).

¿Qué se resolvió?

se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario de los ejecutados; se revocó el fallo apelado en cuanto al modo de calcular el monto por el que progresa la ejecución y en cuanto declaraba la inaplicabilidad de las normas de emergencia económica y la inconstitucionalidad del régimen de refinanciación hipotecaria (leyes 25.798 y 25.908); se rechazaron los planteos de inaplicabilidad e inconstitucionalidad de la ley 26.167 formulados por la actora; las costas de la ejecución se imponen según el art. 558 CPCCN, salvo los incidentes sobre validez constitucional y las de esta instancia, que se imponen en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte remite, por razón de brevedad, a los fundamentos de la causa R.320.XLII "Rinaldi, Francisco Augusto y otros c/ Guzmán Toledo, Ronal Constante y otro" (15/3/2007), por resultar sustancialmente análogas las cuestiones planteadas. Textualmente: "Que las cuestiones planteadas en la presente causa resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa R.320.XLII... cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad." Respecto de la ley 26.167, el Tribunal sostuvo que el mutuo fue declarado elegible por el Banco de la Nación Argentina (agente fiduciario) y que "las razones invocadas relacionadas con el cumplimiento de los requisitos de mora y vivienda única resultan extrañas al conocimiento de este Tribunal". El juez Petracchi se remitió a su voto en L.1167.XLII y L.38.XLIII "Lado Domínguez, Ramón Alberto c/ Delriso, Rubén" (20/6/2007).

Normas que cita

Fallos que cita

  • Rinaldi, Francisco Augusto y otros c/ Guzmán Toledo, Ronal Constante y otroCSJN · 15/03/2007
  • Lado Domínguez, Ramón Alberto c/ Delriso, RubénCSJN · 20/06/2007

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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