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Corte Suprema

NUÑEZ BAEZA LADISLAO c/ TRANSPORTE AUTOMOTOR PLAZA S.A.C.I. Y OTROS Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La Corte Suprema declaró formalmente admisible el recurso extraordinario deducido por la aseguradora Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala K, ordenando dictar un nuevo fallo conforme a lo expresado. La decisión se fundó en remitir a las causas Nieto y Villareal, cuyas consideraciones se dieron por reproducidas, por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
N. 327. XLII. RHE
Recurso extraordinario Remision a precedentes Admisibilidad formal Seguro de transporte publico de pasajeros Accidente de transito Danos y perjuicios Nulidad de sentencia Reenvio al tribunal de origen Costas Proteccion mutual de seguros

¿Quién es el actor?

Ladislao Núñez Baeza.

¿A quién se demanda?

Transporte Automotor Plaza S.A.C.I. y otros, y la aseguradora Protección Mutual de Seguros del Transporte Público de Pasajeros (recurrente).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo indemnizatorio derivado de un accidente de tránsito (daños y perjuicios).

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, con el alcance indicado, dejó sin efecto la decisión apelada, con costas, y devolvió los autos al tribunal de origen para que dicte nuevo pronunciamiento. El fallo no contiene desarrollo argumental propio: la remisión a precedentes ("Nieto" del 8/8/2006 y "Villareal" del 29/8/2006) y al voto de los jueces Lorenzetti y Highton de Nolasco en "Cuello" (7/8/2007) constituye la totalidad de la fundamentación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en las causas N.312.XXXIX 'Nieto, Nicolasa del Valle c/ La Cabaña S.A. y otros' y V.482.XL. 'Villareal, Daniel Alberto c/ Fernández, Andrés Alejandro y otros', falladas el 8 y 29 de agosto de 2006, respectivamente, cuyas consideraciones se dan por reproducidas." Asimismo: "Los jueces Lorenzetti y Highton de Nolasco se remiten a sus votos en la causa C.724.XLI. 'Cuello, Patricia Dorotea c/ Lucena, Pedro Antonio', fallada el 7 de agosto de 2007."

¿Cómo votaron los jueces?

no se registran.

Fallos que cita

  • Nieto, Nicolasa del Valle c/ La Cabaña S.A. y otrosCSJN · 08/08/2006
  • Villareal, Daniel Alberto c/ Fernández, Andrés Alejandro y otrosCSJN · 29/08/2006
  • Cuello, Patricia Dorotea c/ Lucena, Pedro AntonioCSJN · 07/08/2007

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