CIRCULO ODONTOLOGICO DE PARANA (S.O.S.) c/ P.E.N Y OTRA s/RECURSO DE AMPARO
La Corte Suprema declaró formalmente procedente el recurso extraordinario interpuesto por el Círculo Odontológico de Paraná (S.O.S.) contra el Estado Nacional en un amparo, y confirmó la sentencia apelada remitiéndose a los fundamentos del precedente AFamyl S.A. c/ Estado Nacional, dictado el 29 de agosto de 2000.
¿Quién es el actor?
Círculo Odontológico de Paraná (S.O.S.)
¿A quién se demanda?
Poder Ejecutivo Nacional y otra parte no identificada en el extracto
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de amparo; el texto disponible no detalla el reclamo concreto.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, se declaró formalmente procedente el recurso extraordinario y se confirmó la sentencia apelada, con costas. La solución se apoya en la remisión a los fundamentos del precedente AFamyl S.A.; los jueces Nazareno y Vázquez se remiten a sus votos en dicho precedente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas resultan sustancialmente análogas a las consideradas y resueltas el 29 de agosto de 2000 en la causa F.289.XXXV. AFamyl S.A. c/ Estado Nacional s/ acción de amparo, a cuyos fundamentos corresponde remitirse -en lo pertinente- por razones de brevedad."
"Los jueces Nazareno y Vázquez se remiten a los fundamentos y conclusiones de sus respectivos votos emitidos en el citado precedente."
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Fallos que cita
- AFamyl S.A. c/ Estado Nacional s/ acción de amparoCSJN · 29/08/2000
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